Por Raymundo Jiménez
Columna: Al pie de la letra
CMIC-Xalapa: la pugna sigue
2010-09-12 | 21:37:59
En la Delegación local de la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción (CMIC) continúa la fuerte pugna entre dos grupos de constructores xalapeños que desde hace nueve meses se disputan legalmente el control directivo de este organismo empresarial.
Como ya se sabe, el 26 de enero de este año el dirigente en funciones, Rey Arturo Contreras Dorantes, se reeligió a través de un rudo “pinochetazo” en contubernio con la mayoría de los cinco miembros del Comité Consultivo Delegacional.
El proceso interno de la CMIC causó ruido mediático porque además de la forma burda y autoritaria en que Contreras Dorantes maniobró para reelegirse, el cambio de dirigencia se dio en la víspera de la elección de gobernador y presidentes municipales, los cuales ya no concursan últimamente buena parte de los contratos de obra pública sino que los asignan de manera directa. A la CMIC-Xalapa, por ejemplo, se calcula que el Gobierno del Estado le otorga anualmente un paquete de obras por más de 400 millones de pesos, las cuales el dirigente en turno estaría obligado a distribuir entre los diversos socios de la Cámara más calificados en su especialización, pues entre sus afiliados hay constructores expertos en apertura y rehabilitación de caminos vecinales, edificación de puentes, introducción de redes de agua potable y drenaje sanitario, construcción de clínicas de salud, escuelas, etcétera.
Este sería el verdadero fondo de la encarnizada lucha que aún prosigue en la CMIC-Xalapa por su control directivo, razón por la que su dirigente Arturo Contreras tuvo que aliarse con sus otrora enemigos para inhabilitar estatutariamente la planilla que encabezaba el ingeniero Enrique Alfonso Ávila Loera, cuyo grupo apoyó originalmente la elección y reelección de Rey Arturo en 2007 y 2008, pero que ahora se opuso a su segunda ratificación en la presidencia debido no sólo a la concentración de la millonaria obra pública sino que le habrían detectado además una serie de malos manejos financieros en los dos años de su administración.
Precisamente, nueve días antes de la “elección”, aprovechando la publicación que en varios medios de comunicación locales se hizo de una denuncia que sobre las presuntas irregularidades administrativas este grupo de constructores inconformes había hecho llegar por escrito a la dirigencia nacional de la CMIC, Contreras Dorantes convocó a los cinco miembros del Comité Consultivo Delegacional encabezados por Luis Palacios Macedo Gutiérrez para calificar la solvencia moral y económica de las planillas encabezadas por el propio Rey Arturo y el ingeniero Ávila Loera, su adversario.
El resultado del “amplio análisis” del órgano consultivo delegacional no constituyó ninguna sorpresa, ya que a pesar de las contundentes pruebas documentales aportadas por los constructores opositores que evidenciaban presuntas malversaciones atribuidas a Rey Arturo, la planilla que encabezaba éste fue la única considerada “solvente moral y económicamente”.
En cambio, sobre la planilla del ingeniero Ávila, el Comité Consultivo Delegacional determinó que “no solventó correctamente lo establecido en el artículo 69 fracción VI”, y además descalificó a otros dos de sus aliados: al Arq. Armando A. Ruiz Broissin, quien presumiblemente habría sido suspendido de sus derechos como miembro del Colegio de Arquitectos en el Estado de Veracruz, A.C., y al Ing. Gaudencio Hernández Barranco, quien no obstante que desde hacía más de un año había renunciado como Tesorero porque se percató de las irregularidades cometidas por Contreras Dorantes, ahora pretendían responsabilizarlo “de los asuntos contables y financieros de la Cámara, que hoy curiosamente acusa”.
Además, por “autorizar y ser parte de graves descalificaciones y calumnias hechas de manera profusamente públicas, en contra de socios de esta Cámara y fundamentalmente por haber manchado severamente la buena imagen de nuestra Organización Empresarial CMIC”, ambos miembros de la planilla de Ávila Loera fueron considerados como “personas MORALMENTE INSOLVENTES (sic)”, no obstante que los propios Estatutos definen que “Solvencia moral es aquella demostrada a través del tiempo por un Afiliado o Asociado con respecto a su comportamiento ético”, y que uno de los derechos de los que gozan los miembros de este organismo empresarial es precisamente la de “Someter a la consideración de los órganos competentes de la Cámara, los actos u omisiones que puedan resultar contrarios a los presentes Estatutos (Art. 17, fracción VI)”, tal como procedió el grupo disidente de Contreras Dorantes al recurrir a la representación nacional de la CMIC para que se investigaran y sancionaran las presuntas violaciones estatutarias atribuidas al dirigente local.
Sin embargo, el Comité Consultivo Delegacional que preside Palacios Macedo determinó que la planilla de Ávila incurrió en calumnias en contra del ingeniero Contreras, así como en acusaciones falsas y dolosas en contra de él mismo –de Palacios–, contenidas en un comunicado que el pasado 29 de diciembre de 2009 habían dirigido al ingeniero Eduardo Correa Abreu, presidente de la CMIC Nacional.
Como el documento fue reproducido en algunos espacios periodísticos, los miembros del Consejo Consultivo Delegacional determinaron que los integrantes de la planilla encabezada por Ávila Loera “dañaron gravemente la buena imagen de la CMIC, Delegación Xalapa, a través de sendas publicaciones calumniosas en contra de socios de esta organización.” Y, por ende, este Cuerpo Colegiado llegó a la conclusión, “debidamente fundada”, que dicha planilla “carece evidentemente de solvencia moral”, por lo que automáticamente la inhabilitaba para participar en la elección de Presidente de esta cámara empresarial el martes 26 de enero. De esa manera, ya sin oponentes, Rey Arturo aseguró por default su segunda reelección consecutiva en la presidencia de la CMIC local para el periodo 2010-2011, el último al que estatutariamente puede aspirar.
Sin embargo, con fecha del 25 de agosto pasado, en un hecho sin precedentes la Secretaría de Economía (SE) –que de acuerdo al artículo 27 de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones le corresponde vigilar y verificar la observancia que de la misma lleva a cabo tal organismo, así como sancionar los casos de incumplimiento, incluyendo los relativos a sus delegaciones, por ser éstas parte integral de la misma–, con la firma de la Directora de Cámaras Empresariales y Desarrollo Regional, Ruth Fierro Beltrán, emitió un resolutivo a favor del ingeniero Ávila y cinco socios más, al determinar que se “reponga el procedimiento de renovación del comité directivo de la CMIC Xalapa sancionado”, no obstante que también refiere que “es de señalarse que conforme a lo acordado por el Juez Décimo Quinto de Distrito en el Estado de Veracruz en el auto que admitió a trámite la demanda aludida que a través de la vía Ordinaria Civil presentaron los promoventes no dio cause a su solicitud de suspensión de los acuerdos adoptados por la CMIC Xalapa en torno a la renovación de comité directivo el 26 de enero de 2010, por lo que hasta el momento éstos son válidos y gozan de la presunción de legitimidad.”
Pero acorde a lo dispuesto por el artículo 32 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo (LFPA), la representante de la SE notifica a la dirigencia actual de la CMIC que dispone de “un plazo de 10 días hábiles, contados a partir de que surta efectos la notificación de la presente, para que informe a ésta autoridad administrativa respecto al cumplimiento que de la presente resolución se pretenda otorgar.” La funcionaria también precisa que “este acto no es definitivo en la vía administrativa y, en su caso, es viable la interposición del recursos de revisión establecido en la propia LFPA en el término de 15 días hábiles ante esta autoridad.”
Este caso, pues, va para largo todavía y prácticamente agotará los tres meses que le restan a Contreras Dorantes para concluir su última reelección. Sin embargo, para sus oponentes no importa el tiempo que tengan que esperar, pues para ellos más que destronar a Rey Arturo lo que en realidad les mueve es reivindicar y limpiar sus nombres y el de sus empresas constructoras, las cuales habrían sido inscritas en el libro negro del gobierno estatal.
Un caso especial es el Ruiz Broissin, a quien la dupla Contreras Dorantes y Palacios Macedo descalificaron porque, según se atrevieron a asegurar, había sido “objeto de suspensión de todos y cada uno de sus derechos como Miembro del Colegio de Arquitectos en el Estado de Veracruz A.C.” Pero el aliado de Ávila Loera presentó una constancia fechada el 19 de enero de este año, firmada por Luis Gil Adalid, presidente del Colegio de Arquitectos en el Estado de Veracruz-Xalapa A.C., en la cual se consignaba textualmente que dicho profesionista, “con número de Cédula Profesional 2106286, es miembro activo del Colegio de Arquitectos en el Estado de Veracruz-Xalapa, A.C., y de la Federación de Colegios de Arquitectos de la República Mexicana A.C., y nunca ha sido suspendido de sus derechos como Miembro, encontrándose al corriente de sus cuotas hasta el periodo 2010”. También daba fe de que Ruiz Broissin había sido distinguido por sus compañeros colegiados como Presidente del Consejo Directivo durante el periodo 2006-2008.
Lo grave de esta pugna empresarial es que para comprobar la supuesta inhabilitación del mencionado arquitecto fue involucrado hasta el subsecretario de Desarrollo Educativo de la Secretaría de Educación de Veracruz, Domingo Alberto Martínez Reséndiz, no obstante que en el resolutivo de la Secretaría de Economía se precisa justamente que “en torno a la determinación adoptada por el Cuerpo Colegiado respecto a la segunda planilla –la del ingeniero Ávila Loera–, se advierte que al calificar la solvencia moral de los integrantes de la planilla omitió otorgarles a los promoventes el derecho de audiencia en los plazos establecidos (…) a fin de que pudieran llevar a cabo los ajustes necesarios y entregar, de ser el caso, la documentación que acreditara su solvencia moral, teniendo por ciertos hechos que bajo ninguna circunstancia fueron sancionados a través de los procedimientos establecidos al efecto por los propios estatutos de la CMIC, en los términos señalados.”

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