Por Vicente Bello
Columna: Tren Parlamentario
Comenzó la demolición frontal del régimen del PRI y PAN
2019-07-03 | 10:53:04

En una sesión maratónica con duración de más de 20 horas, el Senado de la República aprobó leyes que tienen que ver con la extinción de dominio y con la austeridad republicana. Y, con ello, comenzó la demolición del régimen que durante décadas personificaron PRI y PAN.


Estos dos grandes temas legislativos -un conjunto de nueve leyes,- el régimen que encabeza Andrés Manuel López Obrador sostiene que se transfigurarán en armas legislativas para atacar de raíz a la corrupción y la impunidad, características del régimen encabezado por el PRI y por el PAN durante décadas.


Lo que llamó la atención es que, en el caso de la extinción de dominio, hubo priistas y panistas que también votaron en pro.


En el caso de la austeridad republicana, también, aunque de última hora -en el capítulo de votaciones reservadas- la mayoría de Morena, PT y PES aprobó a contrapelo de la oposición dos artículos reservados en lo particular, que escandalizaron grandemente al PRI y PAN.


Uno de dichos cambios consistió en mandatar que todo servidor público de los círculos del poder presidencial (presidente de la República, secretarios encargados de despacho, directores y titulares de organismos desincorporados) no podrán emplearse en corporativos privados, nacionales ni extranjeros, hasta que no transcurran 10 años, cuando menos, de haber dejado el cargo público.  


Y la segunda reserva aprobada ha consistido en mandatar que el Poder Judicial y el Ejecutivo en sus sectores de Educación y salud puedan crear fideicomisos con la autorización previa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.


En el caso de la extinción de dominio, una reforma crucial fue el otorgamiento de nuevas facultades al Ministerio Público: podrá éste iniciar al mismo tiempo dos juicios: uno penal y otro por la vía civil en contra de quienes hayan delinquido de acuerdo a la lista de los 11 delitos referidos en el Artículo 22 constitucional, considerados como delitos sin derecho a fianza.


Por la vía penal, en lo referente a las acusaciones sobre los presuntos ilícitos del inculpado. Y sobre la vía civil, en lo referente a los bienes presuntamente involucrados en los delitos de los que se le acusa al presunto culpable.


A partir de esta reforma, se decía en la tribuna reiteradamente, ya no volverá a ver delincuentes encarcelados pero con sus bienes intactos. Esta vez se les confiscarán, aunque -se refrenda la reforma al 22 del pasado 14 de marzo- “a toda persona que se considere afectada, se le garantizará el acceso a los medios de defensa adecuados para demostrar la procedencia legítima del bien sujeto al procedimiento”.


Los 11 delitos aludidos en la reforma de antenoche para la materia de la extinción de dominio -referenciados en el 22 de marras-, son: “corrupción, encubrimiento, delitos cometidos por servidores públicos, delincuencia organizada, robo de vehículos, recursos de procedencia ilícita, delitos contra la salud, secuestro, extorsión, trata de personas y delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos”. Estos, también fijados en la Constitución, en la reforma del 14 de marzo reciente.


Estos dos temas legislativos de la extinción de dominio y de la austeridad republicana fueron trabajados en un segundo periodo extraordinario, que ayer concluyó. Aunque faltó la aprobación de otros temas igual de sensibles: la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en materia de publicidad de las declaraciones 3de3; así como el proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de consulta popular y revocación de mandato.


Justificó Martí Batres a un triz de que finalizara la sesión a las 6 y 45 de la mañana del martes 2: “No serán atendidos (estos tres últimos proyectos de reformas de ley) en el actual segundo período de sesiones extraordinarias en virtud de que se siguen construyendo los acuerdos necesarios que permitan su aprobación en el Pleno”.


¿Y qué se reformó en materia de extinción de dominio? Las siguientes leyes: Ley Nacional de Extinción de Dominio, Código Nacional de Procedimientos Penales, Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, Ley de Concursos Mercantiles y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.


¿Y qué, en la materia de austeridad republicana?: Expedición de la Ley Federal de Austeridad Republicana, diversas reformas a la Ley General de Responsabilidades Administrativas y modificaciones también a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.


Muchas horas de espera, por parte del Pleno. Las mismas horas que dedicadas estuvieron a la búsqueda de una negociación política dura, difícil. Al final, era destrabada por el Pleno con la mayoría de Morena, PT y PES.


Dijo el senador morenista Julio Menchaca cuando presentó el manojo de leyes en materia de extinción de dominio: “En el procedimiento de extinción de dominio se establece claramente que corre por cuentas separadas la extinción de dominio, de un procedimiento penal, que el Ministerio Público va a tener la facultad de iniciar los juicios de extinción de dominio ante un juzgado competente para eso, y que va a tener dos etapas fundamentales: la preparación a juicio y la audiencia de vista y de resolución”.


Y decía Alejandro Armenta, senador de Morena, cuando presentaba el manojo de dictámenes en materia de austeridad republicana: “Se incorpora la austeridad como principio conductor de la administración y eje estratégico del gasto público, a fin de que ésta sea de observancia obligatoria para todos los servidores públicos y todas las dependencias, entidades y órganos del poder de los poderes de la Unión y de más entes públicos federales”. (Continuará)

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