Por Raymundo Jiménez
Columna: Al pie de la letra
Madruguete de ‘podemos’
2019-01-08 | 10:05:14

Este jueves 10, si es que nadie se les adelanta, el exdiputado local Francisco Garrido Sánchez y el expriista Gonzalo Morgado Huesca, acompañados de otros simpatizantes, serán los primeros en acudir al OPLE para solicitar el registro de “Podemos” como partido político estatal.


“Podemos” es uno de los tres proyectos partidistas locales que aún sobreviven, junto con los de Vía Veracruzana y Partido Campesino Popular (PaCamPo).


Hasta a mediados de diciembre pasado se hablaba de otros tres más: Alianza Generacional, la asociación política estatal liderada por el actual diputado federal del PRI, Héctor Yunes Landa, de la que hasta el momento se ignora si solicitará su registro también como partido político local, y los de Nueva Alianza (Panal) y Encuentro Social (PES), que perdieron su registro nacional en las elecciones federales de 2018 y ahora pretendían conseguirlo en el Estado para participar en los comicios locales de 2021, en los que se elegirán 212 nuevos ayuntamientos y 30 diputados de mayoría relativa a la LXVI Legislatura del estado.


Sin embargo, por acuerdo del Consejo General del Organismo Público Local Electoral del Estado de Veracruz se aprobó la determinación de improcedencia de la solicitud de los otrora partidos políticos nacionales, en términos del Artículo 95, párrafo 5 de la Ley General de Partidos Políticos (LGPP), ya que ambos no lograron obtener en la elección de gobernador y de diputados locales de julio del año pasado el 3% mínimo de la votación que exige la LGPP para mantener el registro nacional, por lo que quedaron impedidos para solicitarlo localmente.   


De acuerdo al artículo número 11 de la LGPP, tratándose de registro local, Vía Veracruzana, PaCamPo y Alianza Generacional sólo disponen de este mes para informar al OPLE la intención de constituirse en partido político, pues dicho ordenamiento delimita como plazo “enero del año siguiente al de la elección de gobernador”.


Los artículos 12 y 13 establecen los requisitos en lo que respecta al número de asambleas que deberán cumplir y la cantidad de asistentes/afiliados que deberán registrar en sus listas y de la celebración de su asamblea constitutiva.


En el caso de Veracruz, deberán realizar asambleas en al menos 20 de los 30 distritos electorales locales o en dos tercios de los 212 municipios del Estado, que serían alrededor de 140, y también acreditar como mínimo el 0.26% del padrón electoral que ascenderían a 15 mil ciudadanos, aproximadamente.


Una vez cumplido todo esto, de acuerdo con el artículo 15 de la LGPP, las organizaciones deberán presentar en enero del año anterior al de la siguiente elección –esto sería en enero de 2020– la solicitud de registro, la declaración de principios, el programa de acción y los estatutos aprobados por sus afiliados; las listas nominales de afiliados por distritos electorales y municipios, y las actas de las asambleas celebradas en distritos electorales o municipios, y la de la asamblea local constitutiva.


¿Cuántos podrán cumplir cabalmente con todos estos requisitos y librar la fiscalización tanto del INE como del OPLE, que revisarán minuciosamente no sólo los reportes financieros sino que verificarán también que los militantes sean de carne y hueso y que no estén afiliados a otros institutos políticos?  

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