Por Magda Zayas Muñoz
Columna: Momentos
Excesos que se confrontan con el nuevo sistema penal
2014-08-11 | 10:10:44
La capacitación, la cultura y la
educación sobre derechos humanos
y sobre el nuevo sistema de
justicia penal, urgen en Veracruz
y es que continuamos observando
errores que se contraponen con
lo establecido en el marco legal,
como por ejemplo el observar la
excesiva difusión del gobierno
estatal de comunicados del área
de Procuración de Justicia, con los
cuales pretenden mostrar resultados,
anunciando detenciones,
señalando a personas con nombre
y apellido, como infractores de la
ley y adjudicándoles señalamientos
como secuestradores, homicidas,
extorsionadores, y demás
calificativos, que irrumpen con
el debido proceso.
Por ejemplo, se deja de lado la
secrecía que toda investigación
tiene que guardar, pero además
se asumen atribuciones de jueces
de sentencia, al señalar y exhibir
a las personas sin haber sido sometidas
a un procedimiento que
lo determine como culpable como
lo establece la ley; hoy se emiten
comunicados presumiendo, es
decir de rumores y de presunciones.
Finalmente la instancia que
determina la culpabilidad o no,
corresponde al poder judicial y no
al poder ejecutivo.
Hay que recordarle a los funcionarios
que en junio de 2008,
cuando entró en vigor la Reforma
Constitucional de Seguridad
y Justicia, que implicó cambios
profundos a diez artículos, siete
de ellos en materia penal (del 16
al 22), pasando de un modelo inquisitivo
a uno acusatorio y oral de
justicia penal, acorde con estándares
de derechos humanos constitucionalmente
reconocidos.
Fue así que el Poder Legislativo
estableció un plazo de ocho años
para su implementación por parte
de las instituciones relacionadas
con el sistema, por lo cual la meta
se fijó para junio de 2016, es
decir todo el país operando con
un nuevo sistema bajo el Código
Nacional de Procedimientos
Penales –derivado de la reforma
constitucional- en un ámbito
completamente garantista.
Los principios procesales de
éste nuevo sistema son la publicidad,
la inmediación, la contradicción,
la continuidad y la
concentración, y se fundamenta
en la superioridad de los derechos
fundamentales de víctimas y personas
imputadas, creando nuevas
figuras y mecanismos procesales,
como los medios alternos previos
al juicio, de resolución de controversias,
las suspensiones condicionales
del proceso a prueba y los
procedimientos especiales.
Todo sustentado en la reforma
el artículo 20 constitucional,
donde se establecen los principios
procesales y los derechos de las
personas víctimas e imputadas de
delito. Ahí se establece el principio
de presunción de inocencia, al
tiempo que se precisan nuevas garantías
judiciales de las víctimas,
relacionadas con la reparación del
daño, su seguridad personal, el
resguardo de su identidad y sus
datos personales e impugnación
de acciones del Ministerio público.
Para cumplir con la meta
de implementación a junio de
2016, el Congreso de la Unión y
las legislaturas de las entidades
federativas quedaron obligadas
constitucionalmente a crear un
fondo presupuestal ex profeso, el
cual está a cargo de una «instancia
de coordinación» conformada
por representantes de los poderes
Ejecutivo, Legislativo y Judicial,
la academia y la sociedad civil
organizada.
Con base en este mandato
constitucional, en agosto de
2009 se instituyó a nivel federal
el Consejo de Coordinación para
la Implementación del Sistema de
Justicia Penal, adscrita a la Secretaría
de Gobernación, cuyo órgano
administrativo es la Secretaría
Técnica y que tiene la función de
apoyar al gobiernos, federal y estatal
en el proceso reformista. A su
vez, cada estado del país dispone
de un órgano homólogo local.
La reforma exige un cambio
radical de ordenamientos, infraestructura,
métodos y procesos
institucionales, aparte de
nuevos mecanismos procesales
y la necesidad imperiosa de una
mentalidad acusatoria entre los
operadores del sistema de justicia
penal, los periodistas y el resto
de la sociedad, pero en Veracruz
pareciera seguimos igual.
Los avances en la implementación
logrados hasta el momento
en los ámbitos federal y estatales
son actualizados periódicamente
por la Secretaría Técnica del
Consejo de Coordinación para
la Implementación del Sistema
de Justicia Penal, además de que
existen entidades de monitoreo
ciudadano como el Observatorio
Ciudadano del Sistema de Justicia
-del cual es parte el IJPP.
Tras la reforma constitucional
de 2008 han venido nuevos
ordenamientos que pueden considerarse
complementarios total
o parcialmente, como el Código
Nacional de Procedimientos Penales,
la reforma constitucional
de derechos humanos, la Ley General
de Víctimas y sus correspondientes
en los estados, y la nueva
Ley de Amparo. Ordenamiento
que recomendamos leer al fiscal
veracruzano y al resto de los funcionarios
del poder ejecutivo.
¡Así las cosas en nuestra entidad!

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