Por Silverio Quevedo
Columna: En la mira
Nepotismo de un líder sindical y gandalla
2019-06-12 | 07:52:43

Un conflicto laboral evidencia el alto grado de corrupción, desfachatez y nepotismo de un dirigente sindical como es el caso del secretario general del Sindicato Magisterial Veracruzano, Luis Alonso Polo Villalobos con un agravio a una trabajadora de la Dirección General de Bachillerato del Estado de Veracruz, perteneciente a la SEV.


Poco se ha dado a conocer, pero en un medio impreso aparece la crónica de un caso típico de corrupción sindical y al anarquismo de un líder que despojó prácticamente de su base a una de sus agremiadas para darle la posición a su familiar.


Se trata pues de Lucía García Villegas, quien ostentaba la plaza con categoría de Analista en esa dependencia, y de quien se aprovechó el dirigente, que había solicitado una licencia sin goce de sueldo, para colocar a su familiar Verónica Polo García.


Lo anterior, que es indignante en la vida sindical educativa de Veracruz, se encuentra asentado en el juicio de trabajo 548/2010 del Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Poder Judicial del Estado de Veracruz.


Dicho proceso se abrió luego que la afectada interpuso una demanda laboral el 6 de octubre de 2010. En ella se establece que Lucía entró a trabajar en 1981 a la Dirección General de Bachillerato del Estado de Veracruz, al cual pidió un permiso sin goce de sueldo el 7 de enero de 2009 con duración al mes de diciembre de 2009.


Durante prácticamente un año, tras asumir ese derecho, Lucía se presentó con su dirigente sindical para su reincorporación a su plaza laboral como Analista Especializado “A”. Tras excusas y pretextos al por mayor, el deshonesto líder sindical, Luis Alonso Polo, intentó desalentarla de volver a su puesto.


Según el expediente, la servidora pública acudió a la Dirección General de Bachillerato en julio de 2010. Con el jefe de Recursos Humanos quien le informó que en el Sistema Integral de Recursos Humanos, se tenía registro que ella había causado baja por “renuncia a su plaza” con fecha 30 de junio con fecha 2009.


En el oficio respuesta de la DGB se lee que “la renuncia a la plaza” fue tramitada por la organización sindical a la  que pertenecía y llevaba la “firma” de Lucía y copia de su credencial de elector.


Fue entonces que, según da cuenta del caso en información de La Jornada, la trabajadora interpuso la demanda en contra de la Dirección General de Bachillerato y del líder sindical Luis Alonso Polo Villalobos.


Y es que pidió un permiso sin goce de sueldo, y no una renuncia, pero además en mayo de 2011, Polo Villalobos se deslindó de ella, aduciendo que como renunció, la trabajadora no tenía derechos sindicales.  Y negó además haber tramitado el permiso por un año sin goce de sueldo de la trabajadora.


Las contradicciones y corrupción de Polo Villanueva se leen en el expediente 548/2010 del juicio laboral. La deshonestidad de un líder sindical se deja ver en toda su magnitud en apenas un caso hecho público, y que permanece en el ámbito legal.


El tema desemboca en una maraña del representante gremial ya que en la supuesta renuncia se lee la leyenda: “dejándole a la organización sindical la libertad de poder proponer a quien considere pertinente de proponer en la plaza, categoría y adscripción”, como si el sindicato fuera el patrón y no la SEV.


Las pruebas evidencian la actitud nefasta de Polo Villanueva al enviar un oficio dirigido a la Dirección General de Bachillerato solicitando la “baja por renuncia” a la plaza de la trabajadora y que esa base, a pesar que en un oficio aparece el nombre de otra persona, en su propia contestación a la demanda, él acepta que era para su familiar.


El teatrito se le cayó cuando la quejosa ante la DGB y de Polo Villanueva ha demostrado en el juicio a través del perito Abel Cruz Brito que realizó un estudio a la firma de Lucía comparada con el documento que presentó el dirigente sindical donde plasmó su supuesta firma, y concluye que “tras haber realizado un minucioso análisis y valoración técnica científica sobre los documentos dubitados que se dan en el documento cuestionado (escrito de renuncia laboral) no corresponden al puño y letra de la señora Lucía”.


Es decir, de acuerdo con el peritaje, el documento fue falsificado por el dirigente sindical, pero aún falta que el Tribunal de Conciliación y Arbitraje resuelva sobre si un servidor público que trabaja en una institución educativa debe renunciar ante el sindicato y no ante su patrón ¿Y si el sindicato debe solicitar la renuncia? De ser así, tendrían que preocuparse los agremiados al sindicato, pues todos carecen de seguridad y certeza en su fuente de empleo, pues en cualquier momento el líder Luis Alonso Polo los deja fuera.


MUY EN CORTO


PROCEDE CEDH CONTRA FISCALIA. El Poder Judicial de la Federación desechó la demanda de amparo presentada por la Fiscalía General del Estado de Veracruz —encabezada por Jorge Winckler Ortiz—, contra actos reclamados por la CEDH en su Recomendación No. 25/2019, en la que documentó tortura en agravio del ciudadano Gilberto Aguirre Garza.


Como ha trascendido con esa determinación del Juzgado Décimo Quinto de Distrito en el Estado de Veracruz, el fiscal Regional de la Zona Centro-Xalapa, Luis Eduardo Coronel Gamboa, podría ser detenido toda vez que la investigación de la CEDH lo señala como uno de los implicados en la comisión de ese delito.


El 6 de mayo pasado, la Comisión emitió la Recomendación a la FGE en la que señala que funcionarios cercanos a Winckler Ortiz cometieron actos de tortura contra el ex director de Servicios Periciales de la propia fiscalía, Gilberto Aguirre.


Ante ello, la FGE promovió la demanda de amparo número 508/2019/IV-B, misma que resultó improcedente al considerar que se acreditó la debida diligencia del organismo de los Derechos Humanos en la investigación.


En el estudio y análisis de la demanda de amparo, el juzgado determinó que existen causales de improcedencia contra las recomendación emitida por la presidenta de la CEDH, Namiko Matzumoto Benítez, al fiscal general del Estado, Jorge Winckler.

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